Este complemento consiste en una cuantía mensual por cada miembro menor de edad de la unidad de convivencia en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:
- Menores de tres años: 100 euros
- Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros
- Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
¿Tengo que solicitar este complemento de ayuda a la infancia?
Podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:
- Los actuales perceptores del IMV.
- Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
- Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones.
En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos, y con efectos económicos de 1 de febrero de 2022.
Quién tiene derecho?
Pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos:
- El 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar:

Los límites se incrementarán en un 22% en los supuestos de monoparentalidad y/o discapacidad.
Es decir, los topes de rentas para pedir la ayuda son (según las tablas del IMV):
- En las familias con dos adultos y un niños con ingresos hasta 27.000 euros al año.
- En las familias monoparentales con un hijo con ingresos hasta 27.000 euros al año.
- En las familias monoparentales con dos hijos con una renta anual de hasta 30.800.
- En las familias con dos adultos y dos niños con una renta de hasta 32.100
- Y además, no superar el 150% del umbral de patrimonio correspondiente a su tipo de hogar (ver tabla).
- El 150% del umbral de patrimonio neto correspondiente a su tipo de hogar:

Puede pinchar este enlace y comprobar si tiene derecho a dicho complemento: Simulador del Ingreso Mínimo Vital (seg-social-innova.es)
COSTE DEL TRAMITE 60 EUROS IVA INCLUIDO