Muchas personas acuden a la consulta de nuestros abogados por despido de trabajo en Castellón para saber si, en caso de despido disciplinario, los empleados afectados tienen derecho a cobrar el paro. Por ello, en las siguientes líneas respondemos. ¡Toma nota!
¿Qué es el despido disciplinario?
Como indica el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores, el contrato de trabajo puede extinguirse por decisión unilateral del empresario en caso de comportamiento grave y culpable (deben darse estas dos circunstancias) de la persona trabajadora que ha incumplido sus obligaciones laborales. Nos referimos al despido disciplinario, que motiva la extinción del contrato laboral por faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo, por indisciplina o por la disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado, entre otros motivos.
¿Puedo cobrar el paro en caso de despido disciplinario?
Si bien los derechos del trabajador varían según el tipo de despido (objetivo, colectivo, disciplinario, etc), la ley reconoce el derecho a la prestación por desempleo en todo caso. De hecho, ni que el despido sea procedente y esté justificado impide que el trabajador despedido pueda cobrar el paro.
Eso sí, es importante señalar que si el despido es declarado procedente, el trabajador no tendrá derecho a cobrar la indemnización por despido, del mismo modo que sucede cuando el empleado abandona la empresa por voluntad propia.
Requisitos que debe cumplir el empresario en caso de despido disciplinario
Si la empresa no cumple el procedimiento (entrega de carta de despido con descripción clara, concreta y precisa de los hechos, fecha de efectos del despido, obligaciones incumplidas por el trabajador, etc.), la situación va a beneficiar al empleado sancionado. Y además de las obligaciones contempladas por ley, el convenio colectivo puede establecer otro tipo de obligaciones, como es la apertura de un expediente sancionador contradictorio.
De no cumplirse las exigencias, el despido puede declararse improcedente o nulo. En este sentido, además, la carga de la prueba corresponde al empresario. Esto significa que, en su caso, el empleador debe probar ante los tribunales que el trabajador incumplía el contrato.
Requisitos para cobrar el paro en el despido disciplinario
Como ya hemos avanzado, todo trabajador despedido tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo. No obstante, y como sucede con otras modalidades de despido, el trabajador afectado debe haber cotizado, al menos, 360 días antes del cese del último contrato.
Otra exigencia es estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE, de baja en el Registro de la Seguridad Social, así como en situación activa de búsqueda de empleo.
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